Antecedentes
En su resolución
8/9, el Consejo de Derechos Humanos solicitó a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que convocara un taller sobre el derecho de los pueblos a la paz, que tuvo lugar en Ginebra los días 15 y 16 de diciembre de 2009. Varios expertos de alto nivel participaron en el taller. El informe de la Oficina del Alto Comisionado sobre los resultados del taller de expertos (A/HRC/14/38) se presentó al Consejo de Derechos Humanos en su 14º período de sesiones.
El Consejo de Derechos Humanos, en su resolución
14/3, tomó nota con satisfacción de los resultados del taller sobre el derecho de los pueblos a la paz y pidió además al Comité Asesor que, en consulta con los Estados miembros, la sociedad civil, el mundo académico y todos los interesados pertinentes, preparara un proyecto de declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz e informara sobre los progresos realizados al Consejo en su 17º período de sesiones.
En su quinto período de sesiones, el Comité Asesor estableció un grupo de redacción encargado del proyecto de declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz.
A petición del Comité (A/HRC/AC/5/3), el grupo de redacción preparó un cuestionario para facilitar la celebración de consultas con los Estados Miembros, la sociedad civil, el mundo académico y todos los interesados pertinentes. A continuación, el grupo de redacción presentó al Comité Asesor, en su sexto período de sesiones, un proyecto de informe sobre la marcha del proyecto de declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz.
En su sexto período de sesiones, el Comité Asesor aprobó este informe, que se presentó al Consejo de Derechos Humanos para que lo examinara en su 17º período de sesiones (A/HRC/17/39 y,
A/HRC/17/39/Corr.1). En la resolución
17/16, el Consejo de Derechos Humanos examinó este informe sobre la marcha del proyecto y pidió al Comité Asesor que presentara un proyecto de declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz y que informara al Consejo en su 20º período de sesiones. Además, el Consejo pidió a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que distribuyera el cuestionario preparado por el Comité Asesor sobre la cuestión del derecho de los pueblos a la paz, a fin de recabar las opiniones de los Estados Miembros, la sociedad civil, el mundo académico y todos los interesados pertinentes.
En su octavo período de sesiones, el Comité Asesor pidió al grupo de redacción que ultimara su labor sobre el proyecto de declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz, revisado conforme a las observaciones formuladas por los Estados Miembros, la sociedad civil, el mundo académico y otros interesados pertinentes, así como de los debates celebrados en el séptimo período de sesiones del Comité Asesor, para presentarlo al Consejo de Derechos Humanos en su 20º período de sesiones.
En su 20º período de sesiones, el Consejo de Derechos Humanos examinó el informe del Comité Asesor (A/HRC/20/31) y aprobó la resolución
20/15 en la que decidió establecer un grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta, como se establece en la sección relativa al mandato.
Documentación
Resoluciones aprobadas por la Asamblea General
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33/73. Declaración sobre la preparación de las sociedades para vivir en paz
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39/11. Derecho de los pueblos a la paz
Resoluciones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos
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8/9- Promoción del derecho de los pueblos a la paz
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14/3- Promoción del derecho de los pueblos a la paz
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17/16- Promoción del derecho de los pueblos a la paz
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20/15 -Promoción del derecho de los pueblos a la paz
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23/16- Promoción del derecho de los pueblos a la paz
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27/17 - Promoción del derecho de los pueblos a la paz
Informes examinados por el Consejo de Derechos Humanos
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A/HRC/14/38 - Informe de la Oficina del Alto Comisionado sobre los resultados del taller de expertos sobre el derecho de los pueblos a la paz
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A/HRC/17/39 - Informe sobre la labor del Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos sobre el derecho de los pueblos a la paz
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A/HRC/17/39/Corr.1- Corrección
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A/HRC/20/31 - Informe de la Oficina del Alto Comisionado sobre los resultados del taller de expertos sobre el derecho de los pueblos a la paz