El 18 de junio de 2007, un año después de su primera reunión, el Consejo de Derechos Humanos adoptó su "Construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos" (resolución 5/1) que detallan los procedimientos, mecanismos y estructuras que forman la base de su trabajo. Entre esos mecanismos, el siguiente
órganos subsidiarios Informarán directamente al Consejo de Derechos Humanos:
Asimismo, el Consejo ha establecido el siguiente
mecanismo subsidiario de expertos con el fin de proporcionar al Consejo los conocimientos temáticos especializados y foros que proporcionan una plataforma para el diálogo y la cooperación. Estos órganos se centran principalmente en estudios y asesoramiento basado en la investigación o las mejores prácticas. Se reúnen e informar anualmente al Consejo:
El Consejo estableció además los siguientes
grupos de trabajo intergubernamentales de composición abierta para elaborar y/o negociar y ultimar nuevos proyectos de instrumentos jurídicos o formular recomendaciones sobre la aplicación efectiva de los instrumentos existentes:
El Consejo establece también el
Procedimientos Especiales, mandatos y nombra a los respectivos titulares, que informe anualmente al Consejo de una temática o país-perspectiva específica.