COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER
Miembros
Un total de 151 expertos han servido en calidad de miembros del Comité desde 1982.
Información sobre la membresía del Comité del CEDAW desde 1982 al presente
Los funcionarios del Comité ocupan una Presidencia, tres Vicepresidencias y una Relatoría. Los titulares designados desempeñan sus funciones por un periodo de dos años y pueden ser reelegidos “siempre que se respete el principio de rotación”.
Lista de miembros del Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer, del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2024.
* El 6 de noviembre de 2014 la Sra. Chalal fue designada miembro del Comité, tras el fallecimiento de Kheira Mahdjoub-Ouiguini (cuyo mandato iba del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2018). La Sra. Mahdjoub-Ouiguini había sido elegida miembro del Comité el 26 de junio de 2014, pero falleció el 6 de septiembre del mismo año.
** En una carta de fecha 16 de mayo de 2017, Pramila Patten informó al Presidente del Comité, Dalia Leinarte, su decisión de retirarse del Comité. La Sra. Patten había sido reelegido como miembro del Comité en la 18ª Reunión de los Estados Partes en la Convención, celebrada el 26 de junio de 2014, por un plazo que expiraba el 31 de diciembre de 2018. El 17 de mayo de 2017, el Presidente notificó al Secretario General que la Sra. Patten había demisionado. El mismo día, el Secretario General pidió al Gobierno.
***El 1 de marzo de 2018, la Sra. Eghobamien-Mshelia fue nombrada miembro del Comité para el mandato de finales de Theodora Oby Nwankwo (es decir, del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2020) que había sido reelegida como miembro del Comité el 21 de junio de 2016 y falleció el 9 de diciembre de 2016 ber 2017.
Las personas elegidas para el Comité son los candidatos que obtengan el mayor número de votos y una mayoría absoluta de los votos de los representantes de los Estados Partes presentes y votantes.
El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer se establece en virtud del artículo 17 de la Convención. Se compone de 23 expertos elegidos en votación secreta por los Estados partes. La tarea del Comité consiste en el examen de los informes presentados por los Estados Partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención.
El Protocolo Facultativo de la Convención, que entró en vigor en diciembre de 2000, faculta al Comité para examinar las comunicaciones presentadas por personas o grupos de personas que aleguen violaciones de la Convención por los Estados partes en la Convención y el Protocolo Facultativo. El Protocolo Facultativo también faculta al Comité de oficio para investigar violaciones graves o sistemáticas de la Convención en los Estados partes, en los casos en que dicho procedimiento es aplicable, de conformidad con los artículos 8 y 10.
Los miembros del Comité actúan a título personal y no como representantes de los Estados partes que presenten su candidatura.